Se flexibiliza la importación de productos cosméticos y de higiene personal
A través de una resolución de la Anmat se apunta a agilizar la habilitación de las firmas que producen o traen al país distintos tipos de insumos, con menos control para la producción e importación de cosméticos.
El Gobierno simplificó el trámite para habilitar fábricas e importadores de productos cosméticos, de higiene personal, odontológicos, domisanitarios y artículos higiénicos descartables, mediante la Disposición 7939/25 de ANMAT.
Así, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) estableció una serie de modificaciones en los procedimientos para la importación de productos cosméticos, odontológicos y otros de higiene personal que deseen realizar tanto las personas “humanas como jurídicas”. La medida implica menos controles.
La simplificación permite que las empresas, a partir de ahora, podrán obtener la habilitación sanitaria nacional mediante la presentación de una declaración jurada digital, sin necesidad de entregar documentación física, ni esperar inspecciones previas.
Con esto, la Anmat busca agilizar los procesos y reducir la burocracia, manteniendo el control posterior mediante auditorías e inspecciones. Desde el Ejecutivo destacaron que la medida “genera un cambio trascendental en el funcionamiento del organismo, que lo equipara con agencias similares en el resto del mundo”.
En ese sentido, el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, expresó: “Hemos argumentado muchas veces que la sobrecarga de tareas de ANMAT (por ejemplo, controlar los termos) le restaba capacidad para abordar sus competencias centrales: el control de medicamentos y alimentos”.
La nueva normativa establece que las empresas que ya están habilitadas deberán empadronarse nuevamente en un plazo de 180 días hábiles, sin pagar arancel, y quienes estén tramitando una habilitación deberán completar los ajustes pendientes antes de adherirse al nuevo sistema. La declaración jurada no tendrá vencimiento, aunque deberá actualizarse si cambian datos importantes como razón social, domicilio, rubro o dirección técnica.
Cabe recordar que en junio, ya se había anunciado que la ANMAT dejaría de intervenir en los trámites de autorización para la importación comercial de productos médicos clasificados como de bajo y moderado riesgo (Clases I y II) tales como vendajes, gasas, suturas, guantes de látex, tensiómetros, jeringas estériles y termómetros, entre otros. (VW)




