El Gobierno eliminó los subsidios a pasajes de larga distancia para personas con discapacidad

Dejará de pagarle a empresas por pasajes gratuitos para personas con discapacidad. La medida alcanza a los micros de larga distancia. Las empresas deberán seguir entregando los boletos sin cargo.

        El Gobierno nacional oficializó este martes a primera hora, la eliminación del sistema de subsidios que compensaba a las empresas de micros de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad, pacientes trasplantados, personas en lista de espera y niños y adolescentes con cáncer.

De todas maneras, las compañías deberán garantizar los boletos sin cargo previstos por ley. Según establece la resolución, la modificación no afecta el derecho a la gratuidad de los pasajes previsto en esas leyes, sino que las empresas de transporte estarán obligadas a seguir otorgándolos a los grupos mencionados.

La medida fue dispuesta por la Secretaría de Transporte mediante la resolución 28/2026, que deja sin efecto el régimen de compensaciones económicas que regía para las empresas alcanzadas por la ley 22.431, que instituye el Sistema de Protección Integral de las Personas con Discapacidad, la ley 26.928, que creó el Sistema de Protección Integral para Personas Trasplantadas, y la norma 27.674, que institucionalizó el Régimen de Protección Integral para niños, niñas y adolescentes con cáncer.

La resolución también ratificó que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será la encargada de controlar el cumplimiento de la entrega de pasajes de larga distancia gratuitos por parte de las empresas, e incorporó una cláusula transitoria para preservar los trámites y derechos iniciados antes de la entrada en vigencia de la medida.

“Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”, indica el texto.

Aclara que “la introducción de la libertad tarifaria implica una reconfiguración sustancial de la ecuación económico-financiera del sector, otorgando a los operadores capacidad para internalizar dentro de su estructura de costos las obligaciones legales inherentes a la actividad”.

“La causa estructural que oportunamente justificó la implementación del esquema compensatorio ha sido superada, lo que torna innecesaria su continuidad en los términos originalmente previstos”, plantea la resolución. (VW)

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