Elecciones CABA 2025: Comenzó la veda electoral
Desde las 8 de la mañana de este viernes rige la veda electoral con motivo de las elecciones legislativas de la Ciudad, que se extenderá hasta el domingo. La violación a la veda puede generar multas, prisión e inhabilitación para recibir aportes públicos, según establece el Código Nacional Electoral.
En el marco de las elecciones legislativas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del 18 de mayo, rige la veda electoral desde las 8:00 horas de este viernes hasta el domingo 18 a las 21:00, tres horas después del cierre de los comicios.
Los porteños deberán acercarse a las urnas para elegir 30 nuevos legisladores porteños y 105 integrantes de las Juntas Comunales.
Son más de 2.5 millones de electores habilitados para votar en la renovación de la Legislatura porteña. El proceso será con boleta única electrónica, tal como sucedió en los comicios de 2023.
La veda electoral es un período de restricción legal que comienza 48 horas antes de la apertura de los comicios y se extiende hasta tres horas después de su cierre, es decir, hasta el domingo 18 de mayo a las 21. Durante este período de tiempo, la Justicia prohíbe una serie de actividades que puede afectar a la votación.
Qué actividades están prohibidas:
- Reuniones de electores – ni el depósito de armas – en un radio de 80 metros alrededor de las mesas de votación.
- Los espectáculos públicos, eventos deportivos, fiestas teatrales y cualquier otra reunión que no esté relacionada con el proceso electoral, desde el inicio de la votación y hasta tres horas después de su finalización.
- Realizar actos de proselitismo, así como publicar o difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes del inicio de los comicios hasta su cierre.
- Los locales partidarios deberán permanecer cerrados si se encuentran a menos de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
- Tomar fotografías de la Boleta Única Electrónica durante el proceso de votación.
- No se podrán divulgar encuestas ni proyecciones de resultados mientras se lleven a cabo los comicios y hasta tres horas después de su finalización.
Quienes incumplan la veda podrán enfrentar multas de entre $10.000 y $100.000, e incluso penas de prisión de hasta 15 días para quienes exhiban propaganda política o utilicen banderas y distintivos en la vía pública durante la jornada electoral.
Los locales que vendan bebidas alcohólicas entre las 20:00 del sábado y las 21:00 del domingo pueden ser sancionados con penas de entre 15 días y seis meses de cárcel.
Además, las agrupaciones políticas que violen la veda con actos de campaña podrán perder el derecho a recibir financiamiento público durante uno a cuatro años, y quedar excluidas del financiamiento de campaña por una o dos elecciones.
Estas disposiciones están contempladas en los artículos 71 y 133 del Código Nacional Electoral y tienen como objetivo garantizar el desarrollo libre y transparente del acto democrático.
¿Hasta cuándo se pueden comprar bebidas alcohólicas?
La venta de alcohol estará prohibida desde las 20 horas del sábado 17 de mayo hasta las 21 del domingo, tres horas después del cierre de los comicios, tal como lo establece el artículo 71 del Código Nacional Electoral.
La medida alcanza tanto a comercios, bares, restaurantes como supermercados. (VW)