La Justicia de Lomas de Zamora suspendió el nuevo régimen penal juvenil en la provincia de Buenos Aires
La magistrada señaló que la Ley llevaría a un notorio incremento en la cantidad de personas presas. Para la Jueza Pascual, la reglamentación de la Ley podría violar los derechos humanos.
El Juzgado de Responsabilidad Juvenil N°2 de Lomas de Zamora suspendió la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil en la provincia de Buenos Aires. Se trata de la normativa que establece un sistema específico para adolescentes de entre 14 años y el momento previo a cumplir los 18 que sean imputados por delitos.
En un fallo, la jueza Marta Elba Pascual advirtió que la reglamentación podría violar los derechos humanos: “Lo que corresponde analizar es si existen circunstancias objetivas que permitan concluir que la aplicación inmediata del régimen establecido por la ley 27801 pueden ocasionar una lesión grave, actual o inminente a derechos fundamentales de las personas adolescentes privadas de su libertad en la provincia de Buenos Aires”.
En tal sentido, remarcó que el Estado podría no tener los recursos ni los lugares adecuados para detener a los jóvenes. “En síntesis se debe resolver si el Estado puede ampliar el universo de personas adolescentes sometidas al sistema de responsabilidad penal sin crear las condiciones materiales, institucionales y profesionales indispensables para cumplir los estándares constitucionales y convencionales que rigen toda privación de la libertad durante la adolescencia”, señaló.
En tanto, la magistrada señaló que la Ley llevaría a un notorio incremento en la cantidad de personas presas: “Este aumento si bien será progresivo y por lo tanto llevará un tiempo hasta evaluar el incremento definitivo en la cantidad de personas detenidas, también puede llegar a tener impacto inmediato en razón de los cambios de parámetros para las detenciones y prisiones preventivas”.
La reglamentación quedó establecida a nivel nacional mediante el Decreto 875/2026, firmado el 4 de septiembre, que designó al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación en el ámbito nacional y federal. El organismo tendrá a su cargo la implementación del régimen, el seguimiento de los adolescentes, la asistencia a las víctimas y la articulación con las distintas jurisdicciones.
La edad mínima de 14 años no fue determinada por el decreto. Ese límite había sido fijado por el Congreso al sancionar la Ley 27.801, publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. La norma estableció un plazo de 180 días para su entrada en vigencia y el decreto dispuso que ambas disposiciones comiencen a aplicarse de manera conjunta.
Según los fundamentos de la ley, el nuevo régimen busca que los adolescentes comprendan las consecuencias legales de sus actos y apunta a su educación, resocialización e integración social. Para eso contempla distintas alternativas según la gravedad y las características de cada caso.
Entre las medidas previstas aparecen la amonestación, las restricciones de contacto o circulación, los trabajos comunitarios, la reparación del daño, el monitoreo electrónico y las penas privativas de la libertad.(VW)



